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LA SOLUCIÓN CONFEDERAL
EL ESTADO ASOCIADO,
Una alternativa posible
Sergio Antelo Gutiérrez.
CUARTO PRINCIPIO.
DE LAS RENTAS Y SU DISTRIBUCIÓN DEMOCRÁTICA. (***)
Las rentas nacionales provenientes de la explotación de recursos
naturales, impuestos y otros, podrán ser así distribuidas:
a) Por la explotación de recursos naturales renovables y no renovables
(hidrocarburos, minerales, maderas, etc.) le corresponderá el 30% al
departamento productor y el saldo será distribuido entre todos los
habitantes del Estado Federal Asociado, incluido los habitantes del
departamento productor.
La provincia donde se realice la explotación de un recurso natural, se le
acreditará un 11% del recurso o de las rentas obtenidas, en su beneficio..
b) Por renta y aduanas, 30% para el departamento recaudador y el saldo a
ser distribuido equitativamente en función de la población de los
segmentos territoriales del Estado, incluido el departamento recaudador.
(***) Esta forma de distribución, previo descuentos que involucren el
funcionamiento del aparato estatal, garantiza que la región productora del
recurso asuma una parte del mismo, quedando el excedente a disposición del
conjunto de la población ( a cargo de sus órganos de gobierno) del Estado
Federal Asociado, a objeto de democratizar las rentas nacionales y
favorecer a las regiones o zonas económicamente deprimidas.
QUINTO PRINCIPIO.
DE LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. (****)
El Plan Cero.- Para crear un Estado donde prevalezca el bienestar, el
empleo pleno e impulse la socialización de la riqueza social, los recursos
asignados al gobierno nacional federal, regional, departamental,
provincial y municipal, serán distribuidos de la manera que sigue. Esta
distribución conceptual tiene por objetivo el de alcanzar “metas” de
mediano y largo plazo, con el objetivo de construir una sociedad
“inclusiva” y democrática. No más del 15% se destinaría al funcionamiento
de los Órganos de Gobierno, en su escala correspondiente.
c) 20% destinado al sistema educativo
nacional, esto incluye desde la escolaridad básica hasta el universitario,
la especialización académica en todas las ramas del saber humano y la
formación de científicos al servicio del hombre, el desarrollo humano y la
producción.
La consigna es: analfabetismo: cero
d) 20% destinado al sistema de salud gratuita y como un derecho
inalienable del ser humano.
La consigna es: enfermedad: cero.
e) 15% destinado a cubrir las necesidades básicas de los sectores sociales
de menores ingresos tales como viviendas, agua potable, alcantarilla,
energía eléctrica u otros.
La consigna es: Desabrigo: cero.
f) 10% destinado a la seguridad social, que comprende el seguro de vejez,
invalides, desempleo u otros.
La consigna es: Desamparo: cero.
g) 15% destinado al fomento de las exportaciones a fin de colocar nuestra
producción a precios competitivos en el mercado internacional.
La consigna es: Estancamiento productivo: cero.
h) 10% destinado a la construcción de la infraestructura física
(carreteras, puertos, aeropuertos, silos, frigoríficos, etc.)
La consigna es: Subdesarrollo: cero.
i) 05% destinado a la seguridad ciudadana.
La consigna es: Delincuencia: cero.
j) 05% destinado a la investigación científica y tecnológica.
La consigna es: Dependencia: cero.
(****) Para tener una idea aproximada de los recursos disponibles, el
Dpto. de Santa Cruz genera actualmente un ingreso de más de 1.000 millones
de dólares por impuestos y aduanas y tiene una capacidad exportadora
creciente en el mismo orden. Las exportaciones rebelan un crecimiento del
45% al año.
SEXTO PRINCIPIO.
DE LAS FORMAS DE PROPIEDAD.
El Estado Federal Asociado reconocerá las siguientes formas de propiedad:
Estatal: recursos naturales, áreas protegidas, infraestructura
estratégica, otras.
Privada: nacional o extranjera.
Mixta: Estatal-privada; extranjera-nacional, otras.
Cooperativas: servicios, producción y otras en todas sus formas.
Tierras indígenas. Intelectual. Otras.
El Estado Federal Asociado dictará su propia Ley de Reforma Agraria,
fomentando como principio rector a la producción y castigando la propiedad
ociosa o especulativa, mediante cargas tributarias progresivas hasta su
estatización, previa clasificación de su uso.
Se priorizará el Plan de Ordenamiento Territorial –PLUS, a fin de
garantizar un desarrollo sostenible de largo plazo. La depredación de los
bosques debe ser duramente sancionada.
SÉPTIMO PRINCIPIO.
DE LA CIUDADANÍA.
a) Todo ciudadano, independientemente del
origen de su nacimiento, que habite y tenga residencia fija en el Estado
Federal Asociado, adquiere automáticamente la titularidad ciudadana de
este Estado.
b) Los partidos políticos nacionales u otras organizaciones, preservan sus
derechos adquiridos, tales como personería jurídica, organización, etc.
c) Toda forma de discriminación por origen de nacimiento, raza, credo
político o religioso u otros, se halla condenado por esta carta de
principios.
OCTAVO PRINCIPIO.
DE LAS ADHESIONES.
Al margen del territorio cruceño, el mismo que se puede constituir en el
“núcleo” de este proyecto de construcción estatal, otros departamentos o
provincias pertenecientes a la república de Bolivia, se podrán adherir
libremente a la presente propuesta, siempre y cuando se acojan a los
principios generales aquí establecidos.
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