DOCUMENTOS

Memorándum

Quienes somos?

Los querembas

Las brigadas juveniles

El nuevo pacto con el estado Boliviano

Policía regional

SINDICATOS

Génesis

Acta de compromiso

Pronunciamiento por la paz

Cambas sin tierra

Proyecto Autonomía Nacional

Invasión del BENI

Indigenas

TESIS

Los cruceños y su derecho de libre determinación

400 años de lucha autonomista cruceña

La Nación Camba: Fundamentos y desafíos

ARTICULOS

Artículos de opinión

Jóvenes

PRENSA

Carta abierta a la ONU

CURIOSIDADES

La famosa vinculación caminera

Mercaderes de territorio

Santa Cruz 1810-1825

Rebelion de Santa Cruz la vieja

Acta de fundación de Santa Cruz de la Sierra

EXTRA

MAPA de Nación Camba

Símbolos

Videos

Banners

Vínculos

Concepto de autonomía

 

CONCEPTO DE AUTONOMÍA

 

Fragmento del libro "LOS CRUCEÑOS Y SU DERECHO DE LIBRE DETERMINACIÓN" Autor : Sergio Antelo Gutiérrez

 

pagina 1 -2 -3 -4

 

4.- LA CONFEDERACIÓN.

Son entidades políticas que se unen  y forman un gobierno común para determinados fines, como la defensa o la política económica; pero el ”gobierno común” depende de los gobiernos de las unidades constituyentes.

También implica “la unión internacional de varios Estados que conservan su total independencia interior y exterior, con el objeto de aunar sus esfuerzos en asuntos de interés para ellos” (Cabanellas- citado por Urenda). 

 

Marina Ivnisky establece las siguientes diferencias entre el Federalismo y la Confederación de Estados Asociados.

 

1.- En el Federalismo:

  • El Estado Nacional detenta la soberanía por delegación del pueblo.

  • Los Estados (Departamentos o Provincias) ejercen el poder delegado.

  • Descentralización política-territorial.

  • Los Departamentos no son soberanos.

  • Los Departamentos son autónomos.

  • El derecho creado por el Estado Nacional rige automáticamente en los Departamentos.

  • El Estado Nacional puede intervenir a los Departamentos u órganos de estos.

2.- En la Confederación de Estados asociados:

  • Los Estados Confederados conservan su soberanía; por lo tanto no existe delegación de la misma.

  • Se unen para la tutela de distintas cuestiones  constituyendo una superestructura genérica: La Dieta o Parlamento Confederado.

  • El Derecho creado por los órganos confederados deben ser incorporados Estados mediante actos formales. (aceptación o negación)

  • Los Estados confederados tienen la facultad de decir su secesión y a declarar nulo el derecho sancionados por la Dieta central.

 

5.- El ESTADO ASOCIADO.

Es una variante de la Confederación y puede resultar de una decisión soberana que asuma el pueblo, en caso de que el centralismo colonial de Estado se niegue a producir –constitucionalmente- las reformas o transformaciones estatales que este mismo pueblo reclama. Esto quiere decir que la Nación Camba se puede auto-proclamar un Estado asociado con Bolivia (denominado comúnmente como Federalismo asimétrico) por tanto, constituye a nuestro concepto, una solución de transacción entre las aspiraciones no satisfechas de los nacionalismos insurgentes (o sub-estatales como el cruceño o tarijeño, incluida la Nación aymará-quechua, entre otras) y la necesidad de mantener una unidad nacional “flexible” que se ajuste al carácter multinacional de éste conglomerado plurisocial denominado Bolivia (Bolivia no es una nación y a duras penas llega a ser un Estado), para que de  esa forma se satisfagan las aspiraciones históricas de estos pueblos y naciones que han visto cercenados sus derechos centenarios, en beneficio de una “unidad” ficticia que se traduce en un molusco que asume pretenciosamente el carácter de “unitario” pero que solo ha servido para fortalecer una burocracia parasitaria y de paso, crear una  nueva lúmpem-burguesía parasitaria, cuya fortaleza económica proviene de la corrupción y del  saqueo de las escuálidas arcas del Estado.

 

De esta forma, en lugar de luchar por descentralismos conciliadores con el Estado Unitario con resultados inciertos, o ceder espacios para la implantación de falsas autonomías o federalismos que obligatoriamente serán impuestos desde arriba y en función de los pretensiones hegemónicas del centralismo colonial de Estado y de los intereses espurios en él representados, el camino correcto es que se busquen los caminos democráticos más adecuados, para que Santa Cruz, Beni y Acre (Pando) –se logren, en el marco democrático, el Estatus de ESTADO ASOCIADO de Bolivia, incluyendo, si posible, a los Departamentos del Sur: Tarija y Chuquisaca, (la denominada media luna geográfica en la versión tarijeña), para que en forma conjunta o separada, se constituyan en una sola unidad para conformar orgánicamente y junto al Estado andino-Quolla, una CONFEDERACIÓN DE ESTADOS, denominado también “federalismo asimétrico y plural” cuyas características han sido descritas en el punto 2 anterior.

 

 

Siguiente pagina >>  1 -2 -3 -4

 

 

POR EL MOVIMIENTO NACIÓN CAMBA DE LIBERACIÓN

(ñane Retâ ... ojuhu porâve hague ojupe)

M.N.C.L.N 2000-2010